Esteban Serrano Tamayo
En los últimos años, la atención a la diversidad es uno de los ámbitos de la educación que más ha disminuido sus recursos. Tal es así, que el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario de la Comunidad de Madrid para la mejora de las condiciones de trabajo de los funcionarios docentes, recoge en su artículo 6.1 la dotación de 500 cupos de “maestros de la especialidad de Pedagogía Terapéutica (PT), Audición y Lenguaje (AL) y maestros y profesores destinados a programas de Compensación Educativa, tanto en Institutos de Educación Secundaria como en Colegios de Educación Infantil y Primaria”.
Todos sabemos que este alumnado es el más vulnerable
Todos sabemos que este alumnado es el más vulnerable y, por tanto, precisa del mayor número posible de recursos para ser atendido con la calidad necesaria. En su artículo 1, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, ya establece que uno de los principios de la educación es la equidad “que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales”.
En Madrid, cumplir estos objetivos resulta extremadamente difícil, por no decir imposible, al no existir una normativa específica que regule todo el marco de atención a la diversidad. Así, para las ratios que deben aplicarse a los profesores de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje, nos encontramos con una normativa estatal de los años noventa, exactamente la Orden de 18 de septiembre de 1990. Esta orden establece que el número de alumnos que el profesor de Pedagogía Terapéutica debe atender es de entre 9 y 12, y la horquilla de alumnos que corresponden al profesor de Audición y Lenguaje estará entre 20 y 25. Pues bien, esta Orden, además de antigua, no es respetada en nuestra comunidad, encontrándonos numerosos centros con unas ratios mucho más holgadas. La “normativa” aplicada en Madrid consiste en repartir el cupo de estos profesores entre las necesidades de los centros, normativa poco seria cuando estamos hablando de un tema tan sensible e importante. Continuar leyendo